Brasilia, 23 abr (Prensa Latina)
El Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Brasil redujo hoy la condena contra el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva, de 12 años y un mes a ocho años y 10 meses por corrupción pasiva y lavado de dinero.
En una decisión unánime, la quinta corte de la STJ mantuvo sin embargo el castigo contra el exdirigente obrero y los votos fueron pronunciados durante el juicio ante un recurso presentado por su defensa.
El fallo hizo emerger la posibilidad de que Lula abandone este año el régimen cerrado y pueda cumplir la sanción a fines de septiembre en prisión domiciliaria.
Según la legislación penal brasileña, un preso tiene derecho a reclamar el régimen semiabierto después de cumplir un sexto de la penalidad.
Actualmente, el exgobernante cumple cárcel en régimen cerrado, en la Superintendencia de la Policía Federal en Curitiba, capital del sureño estado de Paraná.
Desde el 7 de abril de 2018, Lula permanece en prisión por supuestamente haber recibido un lujoso apartamento triplex en la ciudad de Guarujá, en el litoral de Sao Paulo, de la constructora OAS, a cambio de favorecer a la compañía en contratos con la petrolera estatal Petrobras.
Ante las acusaciones, el fundador del Partido de los Trabajadores (PT) insiste en que resulta víctima de una verdadera persecución política y que luchará hasta el final por su dignidad.
Pese a aceptar la reducción de la pena, el STJ rechazó las peticiones de la defensa del exmetalúrgico, al considerar que no hubo ilegalidades procesales en la causa.
En febrero, Lula recibió otra condena a 12 años y 11 meses de cárcel por las reparaciones que las constructoras OAS y Odebrecht hicieron en una propiedad rural atribuida al expresidente en Atibaia, Sao Paulo, como pago a sus favores políticos.
Para los abogadores defensores, el exjefe de Estado es víctima de una verdadera cacería judicial y el STJ recurrió a formalidades inaplicables al caso concreto.
No hay elementos jurídicos para la configuración de los crímenes imputados a Lula, argumentó la defensa y lamentó que no haya sido autorizada a participar del juicio por medio de apoyo oral.
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