FUERO MILITAR. IMPUNIDAD CASTRENSE
Por Gustavo Espinoza M.
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Recientemente volvió a tener vigencia en nuestra patria el tema referido a la Justicia Militar. Como se sabe, el delito militar, o la falta que comete un uniformado que sirve a una institución castrense, existe y está regulado.
Se procesa por vía autónoma y concluye con una sentencia que involucra a quien cometió la acción asignándole una determinada pena, se supone acorde con la naturaleza de la acción castigada.
En tiempos pasados las disposiciones militares emanadas de la superioridad no tenían limite. Regía una suerte de norma según la cual “las órdenes superiores” se cumplen “sin dudas ni murmuraciones”.
Tal concepto se complementaba con una suerte de escala de responsabilidades: el soldado, obedece al cabo, el cabo al sargento, el sargento al teniente…y así sucesivamente hasta llegar a la más alta graduación de la institución.
Esa “norma” de alguna manera se perfeccionó cuando asomó en el escenario el concepto de la “obediencia debida”, de acuerdo con la cual nadie debe obediencia a una orden injusta. Esta idea, ciertamente más avanzada, reconocía el derecho del “inferior” a analizar la orden recibida y decidir si correspondía ser cumplida.
Más civilizada, esta norma “democratizaba” en cierta medida el manejo interno de las instituciones militares y policiales por lo que básicamente fue dejada de lado pronto, bajo el alegato que minaba la “disciplina militar”.
Para compensar el “retorno” a la modalidad autoritaria se asumió un criterio adicional: “el único responsable de una orden es el superior que la dispone”. Tal criterio, que formalmente liberaba al subordinado de responsabilidades concretas, posibilitó en contrario, escalar el nivel de las culpas hasta llegar a los grados superiores de las instituciones armadas.
Esto puso en el banquillo en más de una ocasión a entorchados oficiales de alto rango, a los que se adjudicó la “responsabilidad del mando”. Aunque formalmente ese criterio se mantuvo, su aplicación real dejo mucho que desear,
Y es que esto, no siempre fue así. La práctica demostró que el deslinde en temas de esta naturaleza se atascaba al llegar a “mandos intermedios”. Los jefes -vale decir, los generales, eludían culpas porque siempre se hallaban “muy lejos del lugar de los hechos”. No tenían, entonces, “responsabilidad directa”
Así sucedió, por ejemplo, en el caso “Accomarca”, en agosto de 1985. Las Brigadas “Lince” que operaban en esa región andina, dependían del mando militar que operaba en Ayacucho. La responsabilidad mas alta correspondía entonces al general José Williams Zapata, pero la “justicia” se dio maña para detener las sanciones hasta el lugar intermedio.
Fue sancionado el teniente Thelmo Hurtado con “8 días de rigor” y por encima de él, el coronel Mori Orsi. Allí murió el proceso en el fuero castrense.
Cuando las cosas derivaron al fuero ordinario, la justicia civil obró de manera distinta, Condenó a Hurtado a varios años de cárcel, Y al coronel Mori también, pero -igual- dejó sin sanción al general Willams Zapata, confirmando aquello que la cadena se rompe por el eslabón más débil.
Todo esto ocurrió cuando los uniformados cumplían “tareas” vinculadas a la “lucha antisubversiva”. Desarrollaban en ese periodo” acciones de campo” y “operativos de rastrillaje” que los gobiernos -en este caso el de Alan García- apañaban bajo el argumento de “pacificar” la zona y “derrotar al terrorismo”. Era una suerte de “vale todo” en aquella circunstancia.
Ahora las cosas tienen otra connotación. Lo que se busca es eludir la responsabilidad militar o policial en cualquier acto, cubriéndolo con apenas un manto de seudo legalidad.
Ese es el contenido de la denominada “Ley Rospigliosi”, la ley 32725, cocinada precisamente para garantizar la impunidad absoluta en todos los actos delictivos consumados por los uniformados bajo cualquier modalidad o circunstancia..
Gracias a tal disposición, el asesinato de un niño de 8 años en Huacho; la muerte de un adolescente de 17 años en la Comisaría de Huaylas, en Lima; el asesinato de 5 jóvenes deportistas en la comunidad de Colcabamba, en Huancavelica; las torturas inferidas al abogado Danilo Vargas en un puesto policial en Puno; y muchos otros casos que la ciudadanía conoce, quedaran impunes.
Y es que la norma establece que los delitos comunes cometidos por integrantes de la Fuerza Armada o de la Policía mientras estén en servicio, serán regulados tan sólo por la justicia privativa militar.
Y para que no quepa ninguna duda acerca de las intenciones del dispositivo, este ordena que todos los procedimientos y en marcha, sean transferidos en el plazo de 30 días a la justicia castrense, es decir, sean retirados de la justicia ordinaria para todos sus efectos.
Es bueno subrayar que esta no es la púnica disposición en torno a la materia. Se suman a ella otras normas del mismo origen, como aquella que otorga “amnistía” a los policías o militares involucrados en delitos vinculados a la violación de derechos humanos.
Y también por cierto la ley que “regula” los llamados “delitos de lesa humanidad” y que deja completamente fuera de contexto cualquiera de los consumados en nuestro país e imposibilita calificar como tales los que habrán de ocurrir en el futuro.
Se trata, como se puede apreciar, de un conjunto de leyes orientado a asegurar la impunidad absoluta para todos los uniformados. No solo para los que vayan a cometer delitos, sino también para los que ya los hayan cometido. Una suerte de bendición. Acorde con la naturaleza del régimen que se avecina-
Lo que falta, y que con toda probabilidad vendrá más tarde, será un dispositivo orientado a juzgar a los civiles en el Fuero Privativo Militar. Vale decir, a extender la justicia castrense a los ciudadanos de a pie, para castigarlos si realizan acciones que “afecten” la “seguridad pública”.
Este esquema autoritario forma parte del mecanismo creado por el fujimorismo para “acercarse” al Poder. Ansían tenerlo con vehemencia enfermiza y hasta proponen cambiar el calendario y adelantar las fechas. No quieren esperar el 28. Exigen que sea antes su acceso al control total del aparato del Estado. Ya no se aguantan.
Todo eso lo veremos en los próximos días (fin)




