BLOQUEO. ARMA POLITICA CONTRA CUBA

EL BLOQUEO ES UN ARMA POLÍTICA PARA INTENTAR SOJUZGAR AL PUEBLO CUBANO}

 Por el colectivo de investigadores del Área Política y Desarrollo del Programa Flacso Cuba.

Tomado de Panorama Mundial / Habana. Cuba

Antecedentes remotos.

Desde fines del siglo XVIII cuando Estados Unidos surgió como nación, Washington guió su política exterior hacia América Latina y, en particular hacia Cuba, por tres criterios fundamentales:

1. La Doctrina Monroe, expuesta por el presidente homónimo en su mensaje al Congreso de 2 de diciembre de 1823, la que planteaba: “Es imposible que las potencias aliadas extiendan su sistema político a parte alguna de los continentes americanos sin poner en peligro nuestra paz y felicidad (…) Imposible que nosotros podamos contemplar con indiferencia semejante interposición en ninguna forma”.

2. La conocida como teoría de la fruta madura, expresada en 1824 por el Secretario de Estado John Quincy Adams afirmaba que “Cuba, una vez separada de España y rota la conexión artificial que la liga con ella, e incapaz de sostenerse por sí sola, tiene que gravitar necesariamente hacia la Unión Americana, y hacia ella exclusivamente mientras que a la Unión misma, en virtud de la propia ley, le será imposible dejar de admitirla en su seno”.

3. La llamada tesis del destino manifiesto, concepto ancestral recogido y actualizado en julio-agosto de 1845 en la revista neoyorquina Democratic Review por el periodista John L. O ´Sullivan: “El cumplimiento de nuestro destino manifiesto es extendernos por todo el continente que nos ha sido asignado por la Providencia, para el desarrollo del gran experimento de libertad y autogobierno1 ”

Antecedentes recientes.

Afirmar que la decisión de destruir a la Revolución Cubana por parte de la potencia del norte comienza con la promulgación de la ley de Reforma Agraria el 17 de mayo de 1959 es históricamente erróneo.

En noviembre de 1958, la CIA realizó dos intentos para impedir que las fuerzas revolucionarias encabezadas por Fidel Castro tomaran el poder político en Cuba.

El primero, cuando acordaron con la Asociación Montecristi de Justo Carrillo2 desplazar a Fidel como su principal dirigente revolucionario y frustrar la victoria y el segundo, cuando William Pawley, embajador de Estados Unidos en Brasil y Perú, con el apoyo del Centro de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) en La Habana propusieron a Batista la creación de una junta de gobierno a la que éste entregaría el poder

La traición del general Cantillo fue la última de las alternativas fallidas para frenar el triunfo de la Revolución.

Las transformaciones revolucionarias.

El 7 de febrero de 1959 fue promulgada la Ley Fundamental de la República que habría de normar la vida político-institucional de la Revolución5 y el 17 de mayo de 1959 fue promulgada la Ley de Reforma Agraria sustentada jurídicamente en la Constitución de 1940 y en la Ley Fundamental.

En su Artículo primero, la ley proscribió el latifundio y estableció en 30 caballerías (402 ha) el límite máximo de tierras a poseer por una persona natural o jurídica.

En su Artículo 15, dejó sentado que solo podrían poseer tierras los ciudadanos cubanos o sociedades formadas por ciudadanos cubanos.

Estos dos articulados constituyeron un golpe mortal para los terratenientes extranjeros, en particular los estadounidenses, que habían acumulado enormes cantidades de las mejores tierras cubanas, muchas de ellas, ociosas.

La ley reconoció, en el Artículo 29, el derecho constitucional de los latifundistas expropiados a recibir indemnización.

Para ello, incluyó un articulado específico fijando el valor de la compensación a partir de la declaración de los propietarios en el amillaramiento municipal y en relación a edificios, animales y otros.

Para efectuar los pagos fueron emitidos bonos de la República, denominados “Bonos de la Reforma Agraria” los que devengarían un interés anual no mayor del 4,5% y se redimirían en un plazo de veinte años; cada año se incluiría en el presupuesto la partida correspondiente.

Se concedían además diez años de exención de impuestos sobre la renta personal y otros beneficios. Una vez promulgada la Reforma Agraria, comenzaron a gestarse e instrumentarse medidas contra la Revolución.

El subsecretario de Estado para Asuntos Interamericanos del Departamento de Estado Roy Rubotton, afirmó en enero de 1960: “El período de enero a marzo (de 1959) puede ser caracterizado como la luna de miel con el gobierno de Castro. En abril, se hizo evidente un giro descendente en esas relaciones (…). En junio, habíamos tomado la decisión de que no era posible alcanzar nuestros objetivos con Castro en el poder (…)”6 .

El 1 de julio de 1959, altos funcionarios del Departamento de Estado para Asuntos Interamericanos propusieron medidas de guerra económica, tales como: no otorgamiento de empréstitos para la estabilización de la balanza de pagos; prohibición de préstamos públicos o privados; tratamiento comercial discriminatorio; desaliento a las inversiones, impedimento a transacciones financieras; en particular se hacía hincapié en la disminución o supresión de la cuota azucarera lo que deterioraría la situación política de Castro.

A fines de octubre de 1959 fueron precisados los planes para la reducción de la cuota azucarera y arreciaron las agresiones terroristas y sabotajes contra las plantaciones e industria azucarera.

El 17 de marzo de 1960, el Consejo Nacional de Seguridad de EE.UU. aprobó dos documentos dirigidos a este fin: el Programa de Acción Encubierta contra Castro y el Programa de Presiones Económicas contra el Régimen de Castro que contemplaban medidas destinadas a crear dificultades en la economía y por ende, a deteriorar el nivel de vida del pueblo.

Entre ellas se encontraban la eliminación del suministro de petróleo a Cuba, cuyo efecto devastador se calculaba en un período de un mes a seis semanas; la suspensión de toda relación entre ambos países (dejando sin efecto los acuerdos comerciales de 1903 y 1934); influir entre los empresarios estadounidenses para que se retiraran de Cuba y propender la contracción del turismo de ciudadanos de ese país hacia Cuba para disminuir la entrada de divisas.

Además de todo ello, un vasto operativo se organizó con el objetivo de doblegar al pueblo cubano en el que participaron la embajada de los EE.UU. en Cuba: la gran burguesía local y sus servidores nativos, los medios de difusión privados con sus campañas desinformativas y/o confusionistas, la CIA y sus expertos en desestabilización y acciones encubiertas, los gobiernos dóciles del continente y la Organización de Estados Americanos (OEA), en fin, todo el andamiaje de la dominación imperialista.

Sin embargo, el énfasis se hacía en las intimidaciones económicas. La siguiente cita es explícita: “El único medio previsible para enajenar el apoyo interno es a través del desencanto y desaliento basados en la insatisfacción y las dificultades económicas (…)”

Así, el 3 de julio de 1960, el presidente redujo la cuota azucarera cubana a 700 000 toneladas y en diciembre canceló la totalidad de la cuota azucarera.

El Gobierno Revolucionario no podía quedar de brazos cruzados. El 6 de julio de 1960, aprobó la Ley 851 autorizando a nacionalizar empresas y bienes de ciudadanos norteamericanos por vía de expropiación forzosa.

Esta ley era imprescindible en tanto complementaba el artículo 24 de la Ley Fundamental de 1959 que prohibía la confiscación de bienes, aunque autorizaba la de los bienes del tirano depuesto y de sus colaboradores así como las de personas naturales o jurídicas responsables de delitos contra la economía nacional, los de individuos que se hubieran enriquecido ilícitamente al amparo del poder público, los sancionados por la comisión de delitos contrarrevolucionarios o aquellos que para evadir la acción de los tribunales revolucionarios abandonaran el territorio nacional, o que habiéndolo abandonado realizaran actividades conspirativas en el extranjero contra el Gobierno Revolucionario.

La Ley 851 estableció la forma y el modo de compensar la propiedad expropiada mediante Bonos de la República emitidos al efecto y se disponía la designación de peritos para valorar dichos bienes a los fines de su pago mediante la amortización de dichos bonos, lo que se haría contra un fondo creado en el Banco Nacional de Cuba denominado “Fondo para el Pago de Expropiaciones de Bienes y Empresas Nacionales de los Estados Unidos de Norteamérica”. Tal fondo se nutriría anualmente con el 25 % de las divisas extranjeras que correspondiera al exceso de las compras anuales de azúcar de los Estados Unidos a Cuba sobre los tres millones de toneladas largas españolas a 5,75 centavos la libra inglesa.

Los bonos devengarían un 2% de interés anual y comenzarían a pagarse en un plazo no menor de 30 años . Aunque Estados Unidos reconoció el derecho de Cuba a nacionalizar sus propiedades exigió que la expropiación fuese pagada de forma justa, pronta, adecuada y efectiva.

El Gobierno Revolucionario, con un tesoro desfalcado por la tiranía, no podía atender semejantes reclamaciones. Los Estados Unidos no aceptaron la legislación cubana sobre la compensación económica a sus propiedades nacionalizadas, básicamente porque ya se estaba preparando la invasión mercenaria de Playa Girón y se contaba, por supuesto, con su éxito y el fin de la Revolución.

Sin embargo, el resto de los gobiernos cuyos nacionales habían sido afectados, sí negociaron con Cuba.

Durante todo el año 1960 el establishment imperialista arreció la represión económica hacia Cuba, por ejemplo: el 29 de septiembre suspendió las operaciones de la planta de níquel situada en Nicaro, actual provincia de Holguín; el19 de octubre anunció medidas generales de control para impedir las exportaciones estadounidenses a Cuba; la prohibición de venta, transferencia o contratación de barcos norteamericanos al gobierno de Cuba o a ciudadanos cubanos, así como presiones al gobierno canadiense para que se sumara a este conjunto de disposiciones.

De nuevo, la Revolución contraatacó: el 6 de agosto fue proclamada la Resolución no.1, Nacionalización de Empresas de Servicios Públicos y de Centrales Azucareros, propiedad de entidades norteamericanas; el 17 de septiembre fue aprobada la Resolución no. 2,

Nacionalización de los Bancos Norteamericanos

El 13 de octubre fue decretada la Ley 890 que nacionalizó todas las empresas industriales y comerciales, fábricas, almacenes, depósitos y demás bienes y derechos integrantes de las mismas, de propiedad cubana.

Por último, por Resolución 3 de 24 de octubre de 1960 fueron nacionalizadas las empresas mercantiles e industriales norteamericanas, u operadoras de empresas con interés predominantemente nacionales de dicho país, también mediante la expropiación forzosa, adjudicadas a favor del Estado cubano.

El 31 de marzo de 1961, el presidente Kennedy suprimió definitivamente las importaciones de azúcar, ya en vísperas del ataque a Playa Girón y meses después del fracaso, en septiembre de 1961, el Congreso de Estados Unidos prohibió todo tipo de asistencia al gobierno cubano y autorizó al presidente a mantener un “embargo” total sobre todo el comercio de su país con Cuba.

Puede considerase este el basamento legal para la oficialización del bloqueo, lo que sucedió el 3 de febrero de 1962 mediante la Orden Ejecutiva Presidencial 3447, Resolución Federal No. 1085 del 6 de febrero, estableciendo el bloqueo económico, comercial y financiero hacia Cuba.

En agosto, Cuba había sido separada del sistema interamericano de naciones mediante la declaración de que el actual gobierno de Cuba era incompatible con los principios y objetivos del sistema interamericano, la que fue apoyada por los gobiernos de la región. La situación actual.

La transición socialista cubana fue bloqueada desde el momento mismo en que se evidenció como una alternativa al capitalismo neocolonial, asegurando la soberanía y un sistema de justicia social basado en la solidaridad.

Este bloqueo ha arreciado en la actualidad hasta límites inconcebibles, es en realidad, una guerra económica desatada sobre la nación cubana con gravísimas implicaciones para su pueblo; genera conflictos sociales y personales al provocar escaseces y restricciones en las inversiones, la producción, los servicios y el consumo.

Pero este bloqueo es internacional: sanciona a terceros países y a sus entidades públicas y privadas por realizar actividades comerciales, económicas o financieras con Cuba, además de generalizar la retórica del odio y las amenazas de todo tipo hacia el país.

Por eso, como contrapartida, el bloqueo afecta a los propios Estados Unidos por su influencia sobre los sectores empresariales de ese país, en particular, los dedicados a la exportación agropecuaria, ya que se ven impedidos de vender a Cuba, un país cercano, sus producciones.

En este sentido, son apreciables los intentos sistemáticos de determinados congresistas por flexibilizar esta agresiva política e incluso recordar cómo en el segundo mandato del presidente Obama, el documento contra el bloqueo presentado por nuestro país en el seno de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) fue votado como abstención por Estados Unidos.

Cuba informa.

Informes anuales actualizan la magnitud de los daños del bloqueo en el desarrollo cotidiano y perspectivo cubano.

El más reciente, elaborado con vistas a ser presentado ante la Asamblea General de las Naciones Unidas los próximos 1 y 2 de noviembre, se precisan datos: “A precios corrientes, los daños acumulados de aplicación de esta política unilateral estadounidense contra nuestro país ascienden a 159 084.3 millones de dólares.

Entre marzo de 2022 y febrero de 2023, el bloqueo causó daños y perjuicios a Cuba estimados en el orden de los 4 867 millones de dólares. Esto implica una afectación de más de 405 millones de dólares mensuales, más de 13 millones de dólares diarios y más de 555 000 dólares cada hora.

El elevado monto es reflejo del impacto recrudecido del bloqueo sobre las exportaciones cubanas, la permanente persecución a las operaciones bancario-financieras del país, los costos por reubicación geográfica del comercio, las afectaciones a la producción y los servicios que se prestan a la población y los obstáculos para acceder a tecnologías de avanzada”.

El texto advierte que entre marzo de 2022 y febrero de 2023, el Gobierno de Joseph Biden aplicó con rigor la política de máxima presión y asfixia de su antecesor contra Cuba.

Esa política llevada a cabo por el presidente Donald Trump alcanzó niveles sin precedentes.

Durante su administración se aplicaron 243 medidas, con especial énfasis en obstaculizar las fuentes de ingresos y las relaciones comerciales del país, a dañar las relaciones entre las familias en ambos lados del estrecho de la Florida, tales como la suspensión de la emisión de visas en su consulado en La Habana (septiembre de 2017), la prohibición del arribo de vuelos desde Estados Unidos a todos los aeropuertos cubanos, excepto el de La Habana (octubre de 2018), imposición de límites al envío de remesas de los cubanos residentes en Estados Unidos a sus familiares (septiembre de 2018); posteriormente se emitió una normativa que definitivamente impide el envío de remesas a Cuba desde EE.UU.

Otras más precisas:

 –El 11 de mayo de 2022, el secretario de Estado notificó al Congreso la certificación de Cuba como país que “no coopera plenamente” con los esfuerzos antiterroristas de EE.UU. de acuerdo con la Sección 40A (a) de la Ley de Control de Exportación de Armas y la Orden Ejecutiva 13637.

 Con ello, se ratificó por tercera ocasión consecutiva la inclusión de Cuba en este listado.

 La medida entró en vigor el 20 de mayo de 2022, tras su publicación en el Registro Federal.

 El 2 de septiembre de 2022, el presidente Biden extendió por un año las restricciones del bloqueo contra Cuba bajo la Ley de Comercio con el Enemigo.

El 14 de octubre de 2022, mediante directiva presidencial, Biden extendió por un año las restricciones a otorgar fondos federales para intercambios culturales y educacionales con Cuba, entre otras medidas.

Esta acción se derivó de la permanencia de la Isla en el nivel 3 del Informe Anual sobre Trata de Personas del Departamento de Estado.

El 30 de noviembre de 2022, el  Departamento de Justicia publicó una recomendación realizada por el Comité de Evaluación de la Participación Extranjera en los Servicios de Telecomunicaciones de EE.UU. a la Comisión Federal de Comunicaciones, para denegar una solicitud de licencia al sistema de cable submarino ARCOS-1, que buscaba añadir una estación de aterrizaje en Cuba.

Los argumentos del comité incluyeron la supuesta amenaza de contrainteligencia que representa el país para EE.UU. y su designación como Estado patrocinador del terrorismo. ¿Se le permite a Cuba importar, desde terceros países, bienes que contengan más de un 10% de componentes estadounidenses? ¿Se eliminó la Lista de Entidades Cubanas Restringidas y la de Alojamientos Prohibidos? No.

Todo lo anterior estuvo acompañado de acciones de descrédito contra la cooperación médica cubana, el financiamiento de publicaciones y sitios en Internet destinados a denigrar a Cuba y los intentos de fabricar una “nueva” oposición contrarrevolucionaria dentro de Cuba.

Como única conclusión solo es posible reafirmar lo que se ha expone en el título de este recuento: el bloqueo es un arma política para intentar sojuzgar al pueblo cubano.

Forma parte de la concepción estadounidense sobe su “destino manifiesto” no solo sobre América, sino sobre el mundo.